<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">
<title>Cartel político costarricense (2016)</title>
<link href="https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21040" rel="alternate"/>
<subtitle>Esta colección de carteles representa la percepción de satisfacción o malestar que como ciudadanos sentimos respecto a fenómenos relacionados a la política de Costa Rica. Consta de un total de 20 carteles.</subtitle>
<id>https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21040</id>
<updated>2026-04-09T17:55:44Z</updated>
<dc:date>2026-04-09T17:55:44Z</dc:date>
<entry>
<title>Sin título</title>
<link href="https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21059" rel="alternate"/>
<author>
<name/>
</author>
<id>https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21059</id>
<updated>2026-01-14T15:02:16Z</updated>
<published>2016-06-30T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Sin título
Cartel vertical con fondo de color turquesa. Además, como texto dice lo siguiente: "Pesca ilegal". Y de imagen está un barco, cuya ancla tiene forma de signo de dólar y una red con el texto: + de 300 especies de tiburones en peligro 73 millones muertos al año". Y alrededor diferentes especies de tiburones.; Por aplicación del principio de la excepción académica establecido en el artículo 73 de la Ley N° 6683, en el último párrafo del artículo 54 y en el artículo 58 de la Ley N°8039 reproducción de obras, incluyendo antologías, emisiones de radio o grabaciones, sonoras o visuales, en la medida requerida para cumplir fines ilustrativos para la enseñanza, con tal de que esa compilación, utilización o reproducción sea conforme a los usos honrados definidos en el artículo 3.37 del presente Reglamento, y se mencione la fuente y el nombre del autor, si este nombre figura en la fuente. De conformidad con lo anterior, en ningún caso es permitido que se persiga un fin de lucro por parte del usuario que solicita la reproducción de obras con fines académicos. El servicio de reproducción es permitido siempre y cuando la reproducción de parte de la obra se haga amparada a la excepción académica. Quedan excluidos de la excepción académica los programas de cómputo. (Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual.
</summary>
<dc:date>2016-06-30T00:00:00Z</dc:date>
</entry>
<entry>
<title>Sin título</title>
<link href="https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21061" rel="alternate"/>
<author>
<name/>
</author>
<id>https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21061</id>
<updated>2026-01-14T15:02:39Z</updated>
<published>2016-06-30T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Sin título
Cartel vertical con fondo de color amarillo. Y de texto dice lo siguiente: "Política – Religión - Estado laico". De imagen son señales de tránsito con flechas en diferentes direcciones, que contienen el texto anterior.; Por aplicación del principio de la excepción académica establecido en el artículo 73 de la Ley N° 6683, en el último párrafo del artículo 54 y en el artículo 58 de la Ley N°8039 reproducción de obras, incluyendo antologías, emisiones de radio o grabaciones, sonoras o visuales, en la medida requerida para cumplir fines ilustrativos para la enseñanza, con tal de que esa compilación, utilización o reproducción sea conforme a los usos honrados definidos en el artículo 3.37 del presente Reglamento, y se mencione la fuente y el nombre del autor, si este nombre figura en la fuente. De conformidad con lo anterior, en ningún caso es permitido que se persiga un fin de lucro por parte del usuario que solicita la reproducción de obras con fines académicos. El servicio de reproducción es permitido siempre y cuando la reproducción de parte de la obra se haga amparada a la excepción académica. Quedan excluidos de la excepción académica los programas de cómputo. (Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual.
</summary>
<dc:date>2016-06-30T00:00:00Z</dc:date>
</entry>
<entry>
<title>Sin título</title>
<link href="https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21060" rel="alternate"/>
<author>
<name/>
</author>
<id>https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21060</id>
<updated>2026-01-14T15:01:47Z</updated>
<published>2016-06-30T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Sin título
Cartel vertical con fondo de pared de blocks de concreto pintada de blanco. Y de texto: "Ataduras CR". Como imagen se muestra un mural pintado con stencil en la pared, en el se aprecian dos manos atadas con un rosario que tiene los colores de la bandera de Costa Rica.; Por aplicación del principio de la excepción académica establecido en el artículo 73 de la Ley N° 6683, en el último párrafo del artículo 54 y en el artículo 58 de la Ley N°8039 reproducción de obras, incluyendo antologías, emisiones de radio o grabaciones, sonoras o visuales, en la medida requerida para cumplir fines ilustrativos para la enseñanza, con tal de que esa compilación, utilización o reproducción sea conforme a los usos honrados definidos en el artículo 3.37 del presente Reglamento, y se mencione la fuente y el nombre del autor, si este nombre figura en la fuente. De conformidad con lo anterior, en ningún caso es permitido que se persiga un fin de lucro por parte del usuario que solicita la reproducción de obras con fines académicos. El servicio de reproducción es permitido siempre y cuando la reproducción de parte de la obra se haga amparada a la excepción académica. Quedan excluidos de la excepción académica los programas de cómputo. (Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual.
</summary>
<dc:date>2016-06-30T00:00:00Z</dc:date>
</entry>
<entry>
<title>Sin título</title>
<link href="https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21058" rel="alternate"/>
<author>
<name/>
</author>
<id>https://repositorio.iiarte.ucr.ac.cr//handle/123456789/21058</id>
<updated>2026-01-14T15:01:26Z</updated>
<published>2016-06-30T00:00:00Z</published>
<summary type="text">Sin título
Cartel vertical con fondo de color negro y de texto dice: "Explotación" y “Trata de mujeres indígenas en Costa Rica”. De imagen está una mujer indígena (por su vestimenta de la etnia ngöbe), sentada en el suelo pidiendo dinero y unas manos negras tapan su boca y tocan su hombro.; Por aplicación del principio de la excepción académica establecido en el artículo 73 de la Ley N° 6683, en el último párrafo del artículo 54 y en el artículo 58 de la Ley N°8039 reproducción de obras, incluyendo antologías, emisiones de radio o grabaciones, sonoras o visuales, en la medida requerida para cumplir fines ilustrativos para la enseñanza, con tal de que esa compilación, utilización o reproducción sea conforme a los usos honrados definidos en el artículo 3.37 del presente Reglamento, y se mencione la fuente y el nombre del autor, si este nombre figura en la fuente. De conformidad con lo anterior, en ningún caso es permitido que se persiga un fin de lucro por parte del usuario que solicita la reproducción de obras con fines académicos. El servicio de reproducción es permitido siempre y cuando la reproducción de parte de la obra se haga amparada a la excepción académica. Quedan excluidos de la excepción académica los programas de cómputo. (Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual.
</summary>
<dc:date>2016-06-30T00:00:00Z</dc:date>
</entry>
</feed>
